CREDITOS AL 24 % ANUAL Y REFINANCIACION DE DEUDAS
Dr. J. Mariano Maltesei
El Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación divulgó un Instructivo informativo para obtener el Crédito con tasa subsidiada al 24 % anual, con un periodo de gracia de tres meses.
En dicho instructivo aclara que, “El Estado Nacional, a través del Fondo de Garantías Argentino (FoGar) del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación, pone a disposición 30.000 millones de pesos para avalar los créditos de capital de trabajo MiPyME por hasta 120 mil millones de pesos.”
Por lo cual, “el Estado… sale a respaldar estos créditos con garantías que alcanzan hasta el 100% del capital solicitado por las MIPYMES. Por su intermedio, el FOGAR se constituye en una herramienta que acota el riesgo para los bancos y facilita las garantías que requieren las MiPYMES, posibilitando un proceso de implementación inmediato, atento que la evaluación de riesgo crediticios se ve simplificada en virtud de las garantías dispuestas por FOGAR para cada entidad bancaria que lo solicite.”
Ahora bien, ¿qué sucede concretamente con dichas líneas de crédito?:
Evidentemente, existe un cortocircuito entre las buenas intenciones estatales y la realidad…
Estamos convencidos que este tipo de situaciones de neto corte especulativo por parte de las entidades bancarias, debe ser judicializado. Sin duda alguna, no son momentos para jugar con las necesidades de las empresas y emprendedores que necesitan desesperadamente una asistencia del Estado.
La solución a la falta de entrega de estos créditos ya fue planteada en tribunales con exitosos resultados. Por lo tanto, es una lástima, pero cuando no se advierte en el sistema financiero la sensibilidad que la hora actual requiere, debe someterse a la Justicia la obligatoriedad del otorgamiento de dichos créditos.
Otro aspecto no menor es la dificultad (o casi nula posibilidad) de efectuar un re financiamiento acorde a las circunstancias. Nos referimos a obtener quitas de capital, plazo de espera de 8 o 10 meses, intereses razonables de re financiamiento o plazos a 60 meses, por ejemplo.
Los Bancos están teniendo pautas de negociación totalmente disociadas de la realidad actual, pandemia de por medio.
Siempre fue una lógica bancaria el hecho de otorgar mayor y mejor refinanciamiento a las personas o empresas en peores calificaciones crediticias. Ello se explica por la necesidad de tener mayores encajes, cuanto mayor es el riesgo de incobrabilidad.
Ahora bien, como la normativa del BCRA determinó que a partir de marzo 2020 ninguna empresa sea recalificada negativamente por los cheques rechazados por falta de fondos, estamos ante la ficción de una evaluación positiva (1 o 2) con empresas en estado de quebranto o cercano al mismo. Por lo tanto, los bancos hasta el presente no están necesitando mayores encajes por bajas calificaciones como sería en una situación “normal”, generando, por lo tanto, la fantasía de una solvencia financiera que no existe.
Ello tiene como consecuencia que, si la empresa está bien calificada, no esté apremiada la entidad bancaria para brindar un refinanciamiento a la PYME ya que financieramente no representa ningún perjuicio por la innecesaridad de encajes e inmovilización de efectivo.
En síntesis, es el Estado quien tiene que velar por la salud económico financiera de la población en épocas extraordinarias como la actual, pero sí los mecanismos del soberano no son suficientes para otorgar una mayor liquidez a las empresas, será la Justicia la que deba intervenir procurando hacer cumplir la ley obligando a la entidades financieras a otorgar refinanciamientos acorde a la situación de caso fortuito y, como hemos dicho, otorgar los créditos al 24 % que el mismo Estado garantiza para su re pago.